Los precios, los horarios y las normas de uso y funcionamiento del aparcamiento, establecidos libremente por los titulares del aparcamiento. Esta información debe llegar al usuario de manera fácilmente perceptible antes de contratar el servicio.
Según la normativa, están cubiertos por el titular del aparcamiento, elementos como la carrocería del coche, los espejos retrovisores, las cuatro ruedas o la radio fija.
En cambio, el consumidor no podrá exigir responsabilidades sobre ningún elemento del equipaje, por ejemplo, la radio extraíble, los teléfonos móviles, la rueda de repuesto o la caja de herramientas.
Eso sí, en caso de que el aparcamiento ofrezca un servicio de custodia, debe responsablilizarse de los objetos que hay en el interior de los vehículos, siempre y cuando el usuario informe de ello al titular del establecimiento.
No. El titular del aparcamiento debe responder de los daños y perjuicios que se ocasionen en nuestro vehículo si incumple total o parcialmente sus obligaciones de vigilancia y custodia. Por lo tanto, podemos poner una denuncia ante la Administración de consumo, puesto que no se puede colocar este tipo de carteles.
Sí. En caso de tener un conflicto, usted tiene derecho a solicitar y recibir las hojas de reclamaciones, que deben ser facilitadas por el responsable del aparcamiento.
Deberemos abonar las cantidades que se establezcan en las normas del establecimiento en caso de pérdida del ticket. No obstante, actualmente mediante la lectura de matrícula a la entrada al aparcamiento podrá saber la hora exacta de entrada al mismo para calcular el importe correcto. Así que reclame que le cobren por lo realmente consumido.
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